Ley del Ejercicio del Periodismo: entre la libertad de expresión y la concepción profesional de los periodistas

Por Gloria Cuenca

Fuente: www.fakenewsvenezuela.org

Esta es una reflexión a modo de papel de trabajo.

Sin tener a la mano la supuesta reforma de la Ley, resulta un tanto aventurado plantear dudas y controversias. Sin embargo, dadas las circunstancias, tiene sentido no dejar pasar el momento sin recordar situaciones del pasado que sirven de aprendizaje; tampoco parece sano no ser previsivos.

Antecedentes históricos-políticos

Los antecedentes del surgimiento del periodismo en Venezuela, desde el siglo XIX, (1808), siguen durante todo el siglo XX, lográndose en la primera mitad de dicho siglo, consecuencia de ese afán, el Decreto N.421 de creación de la Escuela Nacional de Periodismo (1946).

La fundación y divulgación del primer periódico, con casi dos siglos de retraso, en comparación con el resto de América Latina, marca una ruta de conflictos y dificultades desde su nacimiento y la lucha por un periodismo libre.

Durante la primera mitad del siglo XX, el desarrollo de la industria de la prensa en el país produjo frutos por la vivencia democrática; además del ambiente planetario, que existía, terminada la Segunda Guerra Mundial. Surge el deseo de los pueblos por lograr una expansión segura y constante de vida en democracia y libertad. Venezuela no es excepción.

Ocurren momentos difíciles: el cierre de la Escuela, a la par de la Universidad.  Caída la dictadura, la Escuela se reabre y desarrolla. Es meta para estudiantes recién graduados de bachiller.

Ley de ejercicio del periodismo 1972

Desde el momento de creación de la Escuela se inició -paralelamente- un importante movimiento de lucha por lograr una Ley del Ejercicio del Periodismo. Existía inquietud por quienes, sin ser periodistas, escribían y hablaban correctamente, no teniendo estudios.

Durante 5 años, se  otorgó la posibilidad de ingresar a la universidad, aun sin título de bachiller, obteniendo el grado de “Técnicos”. Pudiendo, al obtener el título de bachiller, optar por la Licenciatura. Existió una disposición transitoria: “al demostrar que durante 5 años o más, había vivido del periodismo, después de presentar sus credenciales, sería admitido, con los mismos derechos y deberes en el CNP.”

La década del 70 fue de grandes avances dentro del periodismo y la comunicación. Las Escuelas dejaron de ser Escuelas de Periodismo y pasaron a ser Escuelas de Comunicación Social. Esto trajo dificultades semánticas y de otro tipo. La diferencia: la Comunicación Social es ciencia, con leyes, método y objeto de estudio; el Periodismo, una profesión con perfil propio y definido.

Al momento de poner el ejecútese a la Ley existían 3 Escuelas funcionando y 2 más en proyectos. Hoy hay 20 escuelas de Comunicación Social y menciones.

La garantía de la Libertad de Expresión en Venezuela está en el artículo 57 de la Constitución vigente (1999). El artículo 58 establece Libertad de Información, señalando las características que debe poseer: oportuna, veraz e imparcial; además de la prohibición del anonimato, la propaganda de guerra. La Ley, establece responsabilidad por lo que se diga.

La respuesta, ante los desafíos de la Era de la información, es más estudio y capacitación. Mayores conocimientos, aproximación científico-tecnológica a la vertiente de innovaciones que llegan al mundo de la comunicación, la información y el periodismo.

Implicaciones ético-jurídicas

El problema ético estuvo siempre presente entre periodistas y comunicadores venezolanos. Durante las terribles dictaduras de Juan Vicente Gómez y Marcos Pérez Jiménez no se discutía sobre cuestiones éticas.  Se permitía la publicación o no; se alababa al dictador o no.  ¿Se lograba decir lo que se pretendía? ¿Se callaba? ¿Se buscaba la manera de eludir la censura? Hay ejemplos de esas situaciones. Evidencian la difícil tarea de los periodistas: “decir, lo que no quieren que se diga” en días de dictadura.

Terminado el  régimen de Pérez Jiménez, la Asociación Venezolana de Periodistas (AVP) reunió la Convención Nacional de Periodistas en 1959 (Maracaibo, estado Zulia). Se aprobó el Primer Código de Ética para periodistas venezolanos.

El primer gobierno del presidente Rafael Caldera decreta y pone el ejecútese a la Ley del Ejercicio del Periodismo. Entre los deberes del periodista está la “obligatoriedad de cumplir con los mandamientos éticos”. Una vez estructurada la Comisión que organizará y dará forma a la Primera Convención del Colegio Nacional de Periodistas (1976), se designa por parte de dicha comisión, una comisión (ad hoc) para presentar un borrador del Código de Ética de los periodistas venezolanos, que fue aprobado por unanimidad.

¿Por qué y para qué una reforma de la Ley del Ejercicio del periodismo?

La pregunta parece bizantina: las leyes se reforman para actualizarse. El derecho positivo está siempre atrás de los cambios que la sociedad va haciendo. La norma jurídica requiere del procedimiento constante: la revisión. Existen especialistas en la materia, y juristas: monitoreando, lo que ocurre en el planeta, los cambios que van ocurriendo en el país; el surgimiento de nuevas situaciones que obligan a cambiar parámetros legales existentes. ¿Existe eso aquí? En absoluto.

El humano, en su micro existencia, tiene un deber ser al que apunta y una norma jurídica que lo constriñe, para que actúe de determinada forma y con una dirección precisa.

La Ley del Ejercicio del Periodismo, probablemente, requeriría de una actualización. No la que se pretende. Menos en una circunstancia que pretende invalidar y desconocer una trayectoria de ascenso y evolución académica, desde los momentos iniciales hasta hoy, cuando estamos en el momento propicio para pasar de Escuelas de Comunicación Social a Facultades de Ciencias de la Comunicación.

El periodista tiene un perfil, trabajado, diseñado, estructurado por más de 3 cuartos de siglo. Desde la fundación de la Escuela de Periodismo, por el Decreto 421, antes señalado, en 1946, se han vivido momentos duros en estos años: cierre de la universidad por casi 8 años, (Dictadura de PJ) traslado fuera del recinto universitario por 2 años, (la renovación académica) y ahora cierre técnico con la pandemia de la COVID-19.

No se trata de cualquier cosa, sino de la academia universitaria y sus vinculaciones con el país. Pretender acabar con lo mejor de las tradiciones, para incorporar gente sin ningún conocimiento, es lamentable.

Tenemos la convicción de conservar la antigua tradición y el deseo de mantener con vida la Escuela de Comunicación Social y la Ley del Ejercicio del Periodismo.

No es ético engañar a personas ingenuas. Tiene que ver con: “quien no sabe, que no sabe”. Se auto convence, de “que sabe, pero no lo sabe” y pretende tapar su ignorancia con disparates, que en el caso de los periodistas implican desinformación. He allí la trascendencia de la frase de Sócrates: ”Solo, sé que no se nada”. Cuando no se sabe que se es ignorante, aparece la prepotencia: se cree que sí se sabe.

¿Se justifica, en este momento y en las actuales circunstancias, una reforma de Ley del Ejercicio del Periodismo? La lucha debe ser por la vital importancia de la libertad de expresión y de información. La tarea: defensa de nuestros principios éticos y las libertades.

Nuevas perspectivas y avances en las innovaciones tecnológicas

A partir de la democratización y la popularización de Internet y sus consecuencias, como son los diferentes aspectos Twitter (Trino), WhatsApp (Qué pasa) Instagram, Facebook, Telegram (8), entre otros, y los demás instrumentos que se manejan por las redes.

Hay algunos  impedimentos para acceder a las redes, analfabeta, no poseer ordenador o teléfono inteligente. Sin acceso a Internet, o querer estar al margen de lo que ocurre en el país, la región y el planeta.

La información, definida por el matemático norteamericano Claude Shannon como “el dato reductor de incertidumbre”, pertenece a los Derechos del ser humano desde 1948.

Surge precisión para los periodistas. No es lo mismo, información, que noticia. Hay tendencia a homologarlas. No se debe. Toda noticia debe ser informativa, más toda información no es noticia.  A partir de allí, si no se establecen los dos conceptos, noticia e información, se producen dificultades, que no viene al caso plantear aquí, y que están presentes. Debe hablarse de “información noticiosa”.

Los nuevos diseños curriculares, los planes de estudio, deben avocarse a la necesidad de la vinculación y actualización de los procesos cibernéticos en las Escuelas (o Facultades de) Comunicación Social.

Inaceptables los procesos que pretenden lograr de la ignorancia general, a la específica, al pretender homologar egresados de las escuelas de comunicación social, con aprendices elementales e ignaros, dada su posición ideológica.

Conclusiones

  1. El afán por reformar la Ley del Ejercicio del Periodismo parece tener la finalidad insistir en la persecución de la prensa libre.

  2. Desmotivar a los aspirantes a cursar la carrera, pretendiendo imponer sistemas, supuestamente “ultra democráticos”, en la práctica, son: estímulo de ignorancia, facilismo y verdadero desconocimiento de lo que se ha descubierto, instrumentado y desarrollado en el mundo actual, en materia de información y comunicación.

  3. Deformar la mente de los aspirantes instaurando ideologías adocenadas, falsos dilemas democráticos y justificación de la supresión de las libertades de expresión, opinión, información y prensa.

  4. Transmisión de ideas y conceptos superados en la humanidad por el fracaso estruendoso de la Unión Soviética y de los países de la órbita.

  5.  Eliminación de normas y valores democráticos, sin sustituirlos por ningún concepto o valor.

Referencias

  1. Cuenca, Gloria. La enseñanza de la Comunicación y el periodismo en Venezuela. Caracas, 1998. Ediciones del CDCH-UCV

  • Cuenca, Humberto. Imagen Literaria del Periodismo. Edit. Cultura Contemporánea. Caracas 1961. Primera Edición.

  • Díaz Rangel, Eleazar. Materiales para una historia de la Escuela de Periodismo. UCV. Ediciones del Congreso de la República. Caracas 1986.

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999) Código Penal (1984) Ley del Ejercicio del Periodismo. (1994).