CNE

CNE

La información fue difundida por el periodista investigador de la fuente electoral Eugenio Martínez @puzkas a través de la red social X:

¡”Rectores aprobaron la resolución No. 240620-054 (publicada en Gaceta Electoral el 20 de junio) con las nuevas normas especiales para la acreditación de testigos electorales.

El artículo 7 establece que para ser testigo se requiere ser electora o elector, saber leer y escribir y no ser funcionaria o funcionario del Consejo Nacional Electoral, ni Agente de Inscripción o actualización de datos del Registro Electoral.

Los testigos de mesa electoral deberán *estar inscritos en el centro de votación en el cual se halle localizada la mesa electoral correspondiente.*

Limitar la acreditación de testigos al centro en donde votan NO es un requisito taxativo de la ley y es la primera vez que se solicita.

La acreditación de testigos comienza el 28 de junio y debe prorrogarse hasta los días previos a la instalación de las mesas. Es decir, la oposición aún tiene oportunidad de encontrar a electores dispuestos a ser testigos en las mesas en donde votan”